¿Qué son los contratos menores?
Los contratos menores son aquellos que, por su importe, materia y condiciones excepcionales, pueden realizarse mediante un proceso que no requiere licitación y otros trámites adicionales, reduciendo los plazos y requisitos de transparencia en su gestión.
Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), se consideran contratos menores los que tienen un valor inferior a 40.000 euros cuando sean contratos de obras, y cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, el valor sea inferior a 1.000 euros. Existe una excepción para los contratos relacionados con la ciencia e innovación, que pueden llegar hasta los 50.000 euros.
Los contratos menores pueden ser adjudicados a cualquier contratista que tenga la habilitación necesaria para ello, sin necesidad de publicar el anuncio de licitación ni de solicitar varias ofertas. El órgano de contratación solo tiene que justificar las necesidades que pretende satisfacer con el contrato y que no se está llevando a cabo un fraccionamiento del objeto del contrato para eludir el procedimiento ordinario. Los contratos menores no pueden tener una duración superior a un año ni prorrogarse.
¿Qué ventajas tienen los contratos menores?
Los contratos menores pueden ofrecer importantes ventajas tanto para la administración pública como para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) y las empresas de nueva creación. Algunas de estas ventajas son:
Agilidad e inmediatez: Los contratos menores permiten a la administración pública atender con rapidez y eficacia las necesidades urgentes o imprevistas que surjan en el desarrollo de su actividad, sin tener que esperar los plazos y formalidades del procedimiento ordinario.
Ahorro de costes: Los contratos menores suponen un ahorro de costes tanto para la administración pública como para las empresas, al reducir la carga administrativa y burocrática que implica el procedimiento ordinario. Además, al no tener que publicar el anuncio de licitación ni solicitar varias ofertas, se evitan los gastos asociados a estos trámites.
Flexibilidad y adaptabilidad: Los contratos menores permiten a la administración pública adaptarse mejor a las circunstancias cambiantes del mercado y a las especificidades de cada caso, al poder elegir libremente al contratista más adecuado para cada prestación, sin tener que ceñirse a unos criterios preestablecidos.
Fomento de la competencia y la innovación: Los contratos menores pueden facilitar el acceso de las PYMEs y las empresas de nueva creación al mercado público, al eliminar las barreras de entrada que suponen los requisitos formales y económicos del procedimiento ordinario. Esto puede favorecer la diversidad y la calidad de la oferta, así como estimular la innovación y el desarrollo empresarial.
¿Qué inconvenientes y retos plantean los contratos menores?
Los contratos menores también presentan algunos inconvenientes y retos que deben ser tenidos en cuenta por la administración pública y por las empresas. Algunos de estos son:
Falta de transparencia y control: Los contratos menores pueden dar lugar a situaciones de opacidad y arbitrariedad en la adjudicación, al no existir una publicidad previa ni una justificación posterior de las decisiones adoptadas por el órgano de contratación. Esto puede dificultar el control y la fiscalización tanto interna como externa de los contratos menores, así como el acceso a la información por parte de los ciudadanos y los potenciales licitadores.
Riesgo de fraccionamiento y abuso: Los contratos menores pueden ser utilizados indebidamente por la administración pública para eludir el procedimiento ordinario, fraccionando el objeto del contrato en varios contratos menores o adjudicando varios contratos menores al mismo contratista. Esto puede suponer una vulneración del principio de concurrencia competitiva y una pérdida de eficiencia y ahorro en la contratación pública.
Inseguridad jurídica y desprotección: Los contratos menores pueden generar una mayor inseguridad jurídica y desprotección tanto para la administración pública como para las empresas, al carecer de una regulación detallada y de unos mecanismos de garantía y resolución de conflictos. Esto puede dar lugar a problemas de interpretación, ejecución y cumplimiento de los contratos menores, así como a dificultades para reclamar o impugnar las decisiones adoptadas por el órgano de contratación.
¿Qué medidas se pueden adoptar para mejorar los contratos menores?
Los contratos menores son una herramienta útil y necesaria para la contratación pública, pero deben ser utilizados con responsabilidad y criterio, evitando su abuso y garantizando su transparencia y control. Para ello, se pueden adoptar algunas medidas como:
Reforzar la justificación y la motivación de los contratos menores, explicando las razones que llevan a optar por esta modalidad de contratación y los beneficios que se esperan obtener con ella.
Publicar los contratos menores en los perfiles del contratante o en otras plataformas de transparencia, facilitando el acceso a la información sobre los contratos menores por parte de los ciudadanos y los potenciales licitadores.
Establecer unos límites cuantitativos y temporales para los contratos menores, evitando que se superen los importes o las duraciones máximas establecidas por la ley o que se prorroguen los contratos menores sin justificación.
Impulsar el uso de medios electrónicos para la tramitación y gestión de los contratos menores, simplificando los procedimientos y mejorando la eficacia y la seguridad de los mismos.
Fomentar el seguimiento y la evaluación de los contratos menores, verificando el cumplimiento de las condiciones pactadas y el grado de satisfacción de las partes, así como identificando las posibles mejoras o incidencias que se produzcan.
Los contratos menores son una realidad en la contratación pública que debe ser aprovechada con inteligencia y prudencia, buscando el equilibrio entre la agilidad y la transparencia, entre la flexibilidad y el control, entre el ahorro y la calidad. Solo así se podrá conseguir una contratación pública más eficiente, más competitiva y más innovadora.
Más información sobre los contratos menores en el artículo “El Contrato Menor en la nueva Ley de Contratos del Sector Público“