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La tramitación anticipada de los contratos

La tramitación anticipada de los contratos

El artículo 117.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), regula la contratación anticipada estableciendo que:

“Los expedientes de contratación podrán ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones Públicas sujetas a esta Ley”

Este precepto venia avalado por:

Interpretaciones dispares a los recursos interpuestos por la no implantación de la Contratación Electrónica en las APP

Interpretaciones dispares a los recursos interpuestos por la no implantación de la Contratación Electrónica en las APP

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por imperativo de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, ha implantado un nuevo modelo de compra pública basado en el uso de medios electrónicos. Esta exigencia viene originada por la necesidad de dar respuesta a las nuevas demandas de la sociedad que persiguen una mayor cercanía de las administraciones a sus ciudadanos, cercanía que debe pasar por garantizar una mayor transparencia y una mejor rendición de cuentas.

Y es que a través del empleo de medios electrónicos se proporciona una mayor seguridad jurídica a todos los operadores intervinientes en los procedimientos de contratación pública. En concreto, se aumenta y mejora la transparencia, se facilita una mayor accesibilidad a las licitaciones públicas aumentando la concurrencia (acceso de las PYMES), se reducen los plazos de tramitación (coste de oportunidad) y se logra una mayor eficiencia (cumplimiento de los objetivos con el menor uso de los recursos disponibles).

La obligatoriedad de la utilización de medios electrónicos se recoge en el propio preámbulo de la Ley (V), cuando dispone: “debe necesariamente aludirse a la decidida apuesta que el nuevo texto legal realiza en favor de la contratación electrónica, estableciéndola como obligatoria en los términos señalados en él, desde su entrada en vigor, anticipándose, por tanto, a los plazos establecidos a nivel comunitario”.

Resumen, SOCINFO: “Nueva ley de Contratos del Sector Público: Dudas y soluciones”

Resumen, SOCINFO: “Nueva ley de Contratos del Sector Público: Dudas y soluciones”

En la mañana del pasado martes 5 de Junio se celebró el seminario “Nueva ley de Contratos del Sector Público: Dudas y soluciones”, organizado por SOCINFO en el Instituto de la Ingeniería de España (Madrid).

Con alrededor de 200 asistentes, los ponentes expusieron sus impresiones y experiencias sobre la nueva Ley de Contratos del Sector Público que entró en vigor el pasado 9 de Marzo.

Inauguró el turno de Ponencias Gabriel Sánchez Dorronsoro, Subdirector Adjunto de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica en la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

En su intervención destacó la problemática de los contratos menores y el procedimiento abierto simplificado como mayores escollos en la interpretación de la nueva Ley. También hizo mención como punto importante a la reordenación de las plataformas de Contratación Pública Electrónica.

Algunas cifras muy interesantes que aportó son las siguientes:

El Procedimiento de Licitación con Negociación en la LCSP

El Procedimiento de Licitación con Negociación en la LCSP

Los nuevos procedimientos que se han creado con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) han sido el “Procedimiento de licitación con negociación”, y el procedimiento de “asociación para la innovación”, que junto con el ya existente “diálogo competitivo” constituyen los tres procedimientos especiales previstos en la LCSP.

1. ¿Qué implica que sea un procedimiento especial?

Paradores implantará su Contratación Electrónica a través de la plataforma de PIXELWARE

Paradores implantará su Contratación Electrónica a través de la plataforma de PIXELWARE

Paradores de turismo pone en marcha su proyecto de Contratación Electrónica a través de la empresa PIXELWARE. La finalidad de este proyecto es dar cumplimiento a los principios de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, además de modernizar sus procesos de gestión y avanzar hacía una administración electrónica completa.

Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A.ha adjudicado a PIXELWARE el contrato que le va a permitir que todos sus expedientes de contratación sean gestionados de forma electrónica de principio a fin. Para dar esta cobertura de contratación y licitación electrónica, el proyecto se basa en el uso de dos plataformas: la plataforma de Tramitación de Expedientes de Contratación de PIXELWARE y la plataforma de Contratos del Sector Público para publicación y recepción de ofertas por parte de los licitadores.

CNIS 2018: Resumen de Contratación Electrónica en la Administración Pública

CNIS 2018: Resumen de Contratación Electrónica en la Administración Pública

El Congreso CNIS 2018 como referente en cuanto a innovación y transformación digital en las Administraciones Públicas ha congregado una vez más a cerca de 650 asistentes en la sede de la FNMT-RCM, donde se ha llevado a cabo su octava edición.

Más de 100 ponentes, repartidos en cinco espacios, generando debate y compartiendo sus experiencias con respecto a la importancia de conseguir una administración  pública más competitiva y orientada al servicio del ciudadano.